E-1 Visas Comerciantes por Tratado Comercial y Empleados
E-1 Visas Comerciantes por Tratado Comercial y Empleados
Las regulaciones inmigratorias proveen que un individuo puede calificar para una visa E-1 ya sea en calidad de Comerciante por Tratado Comercial ya sea como el principal o como empleado de un individuo u organización extranjera que realice comercio principalmente entre los Estados Unidos y el país del tratado comercial de donde el individuo es ciudadano.
Un extranjero que busque la clasificación E-1 como principal deberá ser ciudadano de un país con el cual los Estados Unidos mantengan un tratado de comercio y navegación. Consulte la lista aquí.
Comercio principal es cuando más del 50% del volumen de comercio internacional es realizado entre los Estados Unidos y el país de tratado comercial del cual el individuo es ciudadano. Los objetos de comercio pueden incluir:
- Bienes
- Servicios
- Banca Internacional
- Seguros
- Transportación
- Turismo
- Tecnología y su transferencia;
- Algunas actividades periodísticas
Aunque el valor monetario de las transacciones es un factor importante, no existe un mínimo requerido para el valor / volumen de una transacción individual. Debe existir un flujo continuo de transacciones internacionales bajo el tratado de comercio, involucrando numerosas transacciones en el tiempo.
Para calificar como empleado de un comerciante por tratado, los requisitos de nacionalidad son los mismos que para el principal. Si el empleador principal no es un individuo, la empresa u organización debe ser propiedad al menos en un 50% de individuos que tengan la nacionalidad del país con el que se tiene el acuerdo comercial. El Empleado debe realizar actividades de un grado ejecutivo o supervisor, o si su posición es de grado menor, debe contar con cualidades especiales, por ejemplo habilidades que hagan del empleado parte esencial para la operación eficiente del negocio.
De ser aprobada, el comerciante o empleado pueden obtener una estadía inicial de hasta dos (2) años. Las extensiones pueden ser emitidas en incrementos de dos (2) años, sin límites.
Los cónyuges o hijos solteros menores de 21 años de edad pueden obtener estatus legal como dependientes. Los cónyuges de personas con visas E-1 pueden aplicar para permisos de trabajo.